Asignación de NIE

Número de Identidad
de Extranjero (NIE)

ASIGNACIÓN NIE

El NIE (Número de Identidad Extranjero) es un número personal, único y exclusivo que deben de poseer, a los efectos de identificación, todos los extranjeros:

    1. para obtener un documento que les habilite para permanecer en territorio español que no sea un visado.
    2. a los que se les haya incoado un expediente administrativo en virtud de lo dispuesto en la normativa sobre extranjería.
    3. que por sus intereses económicos, profesionales o sociales se relacionen con España.

En los dos primeros casos, el NIE se concede en España, de oficio, por la Dirección General de la Policía en España, siempre que el extranjero no se encuentre en España en situación irregular y comunique los motivos por los que solicita la asignación de dicho número.

En el tercer caso, todos los extranjeros que, por sus intereses económicos, profesionales o sociales se relacionen con España, podrán solicitar personalmente el NIE a la Dirección General de la Policía o en el caso de que no se encuentren en el momento de la solicitud en España, a la Embajada o a los Consulados honorarios.

En consecuencia, si el solicitante tiene previsto estudiar o trabajar en España y, por tanto, ir a vivir en un futuro próximo a dicho país, no podrá presentar la solicitud a través de la Embajada, sino necesariamente a través de la policía en España (los ciudadanos de Estados miembros de la Unión Europea tendrán que registrarse como tal y de esta forma obtendrán el NIE; los ciudadanos de Estados no miembros de la Unión Europea obtendrán el NIE junto al permiso de residencia).

Para la obtención del NIE a través de la Embajada será necesario contar con un plazo aproximado de una semana, salvo en el caso de que se opte por el envío del NIE por correo postal en vez de por correo electrónico, en cuyo caso el plazo podrá ser superior. En todo caso, los plazos no dependen de la Embajada, sino de las autoridades en España.

Documentos y requisitos necesarios para la solicitud.

    1. Formularios completados EX-15
    2. Pasaporte válido (los ciudadanos de la Unión Europea podrán presentar un documento de identidad) original y copia.
    3. Pago de la tasa administrativa (2021) 9,74 €

Rafael Reyes Pulido